Fiscalidad de los fondos de inversión

En España sólo hay que tributar a hacienda por los beneficios que obtienes cuando vendes tu fondo de inversión. El mismo banco, si es Español, te hará una retención que luego se concretará en tu declaración de la renta.

El siguiente enlace te muestra cómo tributa según la cantidad y la comunidad autónoma.

Esta tributación es solo por los beneficios, no por el total del fondo. Si has invertido 1000€ y cuando vendes el fondo obtienes 1100€, el banco te hará una retención del 19% sobre los 100€ que has ganado.

Por supuesto, si hay pérdidas, también se deben declarar para compensar beneficios.

Luego, en la declaración de la renta, se considera como ganancia o pérdida patrimonial, así que tendrás que poner esos 100€ en la base imponible del ahorro. Sin embargo, si es banco español, seguramente estos números te aparezcan en el borrador de hacienda, puesto que el banco se los comunicará a hacienda. Solo tienes que revisar que es correcto. En cualquier caso, si no controlas el tema, conviene contar con un asesor.

Si tu fondo no te convence y decides cambiarlo por otro, puedes «traspasar» el fondo. Los bancos tiene opciones para traerse los fondos que tengas en otro banco e incluso para cambiar el fondo que tienes en otro banco por el fondo que quieres en tu nuevo banco.

Ojo. Si mantienes el mismo fondo pero quieres cambiar el banco que hace de intermediario entre tú y el fondo, suele haber comisiones por parte de los bancos y no suelen ser baratas. Sin embargo, si traspasa el fondo A del banco A a un fondo B del banco B, esta operación suele ser gratuita.

Los traspasos en ambos casos no tributan a hacienda. Si no cambias explicitamente el fondo a dinero para comprar el otro, no hay que tributar a hacienda ni te harán retenciones.

Puedes hacer reembolsos o traspasos parciales de tu fondo. En ese caso el banco siempre reembolsa o traspasa las participaciones del fondo que hayas comprado primero. Por ejemplo, si durante un año compras 100€ de participación del fondo cada mes y a final de año quieres reembolsar 600€, el banco venderá tus parcipaciones empezando por las de Enero hasta llegar a los 600€ que quieres retirar. Si ha habido beneficios, no tendrá que vender todas las de Junio. Si ha habido pérdidas, tendrá que vender algunas de Julio.

Si tu fondo ha ido subiendo, esas participaciones de Enero son las que más rendimiento te han dado. Las de Febrero algo menos puesto que llevan menos tiempo y las de Diciembre apenas habrán tenido beneficios ya que llevan en el fondo solo un mes, el de Diciembre.

Según lo que quieras, esto puede no convenirte. Imagina que necesitas sacar el dinero por una urgencia y necesitas 600€. E imagina que de esos 600€ sacándolos desde Enero tienes 500€ que has invertido y 100€ han sido de beneficios. Bien, hacienda se llevará el 19% de esos 100€, es decir, 19€. Tendrías que sacar unos 620€ para pagar a hacienda y tener los 600€ que necesitas.

Un «truco», aprovechando que el traspaso de fondos es gratis, sería llevarte todo el dinero de tu fondo A a otro fondo B, excepto esos 600€ que necesitas y el pico que puedas tener que pagar a hacienda por los beneficios. El banco traspasará las participaciones más antiguas de A a B. En B te quedarán los 600€ con las participaciones más modernas y que tienen menos beneficios porque llevan menos tiempo. Así que solo tienes que reembolsar ahora el fondo B y sí, algo tendrá que pagar a hacienda, pero menos.

En cualquier caso, esto te ahorra tributar más a hacienda ahora que tienes una urgencia de dinero, pero cuando decidas reembolsar el fondo completo, tendrás que tributar por el total de las participaciones con los rendimientos que tengan en ese momento según su antiguedad.

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